Morelia, Michoacán, 30 de noviembre de 2023.- Los consultorios médicos, independientes y no ligados a un hospital, están obligados a contar con una serie de requerimientos sanitarios para garantizar una atención adecuada a los pacientes.
Para ello, la Secretaría de Salud de Michoacán (SSM), a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), informa a los profesionales de la salud, los requisitos mínimos para abrir un establecimiento de atención médica de pacientes ambulatorios.
Para ello se requieren dos trámites, el aviso de funcionamiento y el de responsable sanitario. En ambos casos se deberá visitar la página https:/digipris.cofepris.gob.mx, registrarse e ingresar a la pestaña Servicios de Salud, donde se solicitará la firma electrónica de la persona física o moral propietaria del establecimiento, así como su identificación oficial, en caso de la persona moral un acta constitutiva y poder notarial.
Para dar de alta al responsable sanitario del consultorio, se debe contar con título y cédula profesional, esto es para dar constancia de que se cuentan con los conocimientos necesarios para brindar servicios médicos.
Ambos trámites son totalmente gratuitos y deberán solicitarse por lo menos 30 días antes al inicio de operaciones. En el aviso se expresarán las características y tipo de servicios a que estén destinados, así como el nombre del responsable sanitario; los documentos, una vez cumplidos, deberán colocarse en el establecimiento de forma visible al público.